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Materia Familiar
El derecho de familia o derecho familiar es la rama del derecho civil que estudia las normas y regulaciones que atañen a las relaciones personales y patrimoniales de todo núcleo familiar. Dicho de otro modo, es el derecho aplicado a los asuntos e intereses de la familia, comprendida como núcleo de la sociedad.
El derecho familiar tiene como eje la familia, el matrimonio y la filiación, que son instituciones y procesos centrales en la composición de las sociedades modernas. Esto va desde la definición legal de la familia y cuáles son las formas de constitución del patrimonio familiar, hasta los tipos de unión matrimonial y los derechos consagrados por la misma.
El divorcio es la ruptura del vínculo matrimonial. En términos legales, el divorcio es la disolución del contrato de matrimonio, según la cual ambas partes tendrán que negociar las responsabilidades que les corresponde para continuar con sus vidas de forma independiente.
El principal efecto del divorcio es, obviamente, que dos personas casadas dejan de estarlo, o sea, la disolución del vínculo conyugal y de todos sus efectos legales. Esto significa que el patrimonio conyugal, o sea, la comunidad de bienes compartida entre los cónyuges se termina, y se debe por lo tanto proceder a una repartición acordada de bienes.
En el derecho familiar, la pensión alimenticia es una figura base para mantener el orden social y proteger los intereses de las familias. Es en los juicios familiares que un juez puede fijar una pensión alimenticia a favor de una o varias personas.
Tras la separación de un matrimonio o concubinato, los padres de familia o tutores legales tienen la obligación de cubrir un pago mensual para los menores, ya que con este se absorben de cierta forma los gastos de educación, alimentación y en general aquellas necesidades básicas de los hijos; por ello te explicamos todo lo que tienes que saber sobre la pensión alimenticia.
Cuando los padres se encuentran en convivencia conyugal o familiar no es necesario establecer ningún régimen de guarda y custodia. En cambio, cuando los padres inician un proceso de separación o divorcio y existen hijos en común, hay que establecer un régimen para saber el periodo de tiempo en el que convivirán los hijos con cada progenitor o si solo tendrá convivencia con uno de los padres. Y es esta decisión por el establecimiento de la convivencia habitual de los hijos lo que se conoce como guarda y custodia.
Esta decisión se puede tomar por acuerdo entre los progenitores o por la autoridad judicial. Este régimen puede cambiar dependiendo de las circunstancias.
El régimen de convivencia es un derecho del menor a convivir con ambos progenitores, en la práctica, normalmente es la madre quien obtiene la guarda y custodia y es el padre quien tiene el régimen de convivencia sin embargo esto no debe tomarse como una regla general, no puede usarse como argumento el otorgar la guarda y custodia por razones de orden natural o de género, una decisión fundamentada en razones de género es inconstitucional, esto se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos primero y cuarto, así como en la Convención sobre los Derechos del Niño que de acuerdo al artículo 133, gozan de obligatorias en el territorio nacional, en casos de violación del procedimiento al establecer la guarda y custodia contraria a derecho, a través de incidentes promovidos dentro del juicio principal, se puede realizar un cambio de guarda y custodia por lo que el derecho de visita pasa al otro progenitor, en este punto hay que entender que lo que se cambia es únicamente el derecho y no el régimen, puesto que el régimen es el tiempo, modo y lugar en que se llevaran a cabo las convivencias, y hay que entender que lo que para uno es posible, para el otro no, por lo que el régimen si pudiera cambiar.
Este tipo de sucesión testamentaria es la que tiene lugar cuando el causante determina mediante una manifestación de voluntad unilateral, el testamento, las personas que han de sucederle y las condiciones de dicha sucesión. A ella se contrapone la sucesión contractual. Se caracteriza por ser una sucesión mortis causa, unilateral, personalísima, solemne y revocable.
Para que el proceso sucesorio tramite como testamentario es preciso que exista un testamento; que este sea válido en cuanto a sus formas de acuerdo con la ley mexicana, en su caso; que contenga institución de heredero y que el testador haya dispuesto de la totalidad de sus bienes.
Es un tipo de sucesión intestamentaria es regulada por la ley debido a que la persona fallecida no realizó un testamento, por lo que sus hijos o posibles herederos deben acudir a interponer un proceso ante un Juez Familiar para la repartición de bienes. Si todos los posibles herederos son mayores de edad y están de acuerdo en la repartición, pueden solo acudir con un Notario.
La sucesión intestamentaria se puede clasificar en:
• Judicial. Se logra la repartición de bienes mediante un proceso en el juzgado de lo familiar.
• Extrajudicial. Se logra la repartición de bienes mediante la intervención de una notaría pública.
Los problemas sobre el reconocimiento de los padres hacia los menores actualmente pululan en la sociedad. Son muy comunes los casos en que la madre no desea que el padre tenga contacto con el menor ni que le dé su apellido o, por el contrario, el padre irresponsable que no desea responder por los niños que ayudó a procrear.
La ley y la ciencia se han unido con el fin de ayudar a efectuar procesos legales para el reconocimiento del padre de un menor; existen pruebas de paternidad que se realizan mediante ADN las cuales son cada vez más confiables y acertadas a la hora de aclarar cualquier duda.
Es una petición formal que se hace ante una autoridad judicial con el objetivo de que la persona con la que se tuvo un encuentro sexual previo tome responsabilidades por las consecuencias de esta relación derivan en un embarazo, ya que lamentablemente puede ser el caso de que la pareja no quiera asumir sus responsabilidades. Para esclarecer este punto, las responsabilidades van desde los cuidados y apoyo a la pareja, pero no están únicamente limitadas a estas, por el contrario, legalmente consisten en la obligación de otorgar alimentos al menor que nace de esta relación, así como otras que son producto de una relación paternofilial, eso sí, todas siempre en favor de los hijos.
La delcaracion del estado de interdicción es una condición declarada por un juez de lo familiar, en la cual una persona mayor de edad carece de capacidad para tomar decisiones propias, de manera independiente, debido a que no pueden valerse por sí mismos, ya sea por estar mental o físicamente, impedidos para externar su voluntad.
La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de sus hijos menores o mayores de edad incapacitados,sus padres tienen la obligación de proteger a sus hijos y de poder decidir sobre ellos, tal es que deben: administrar los bienes que estos pudieran tener, cuidarlos,velar por su salud, tenerlos en un ambiente agradable, darles alimentación, educación, ropa.
La declaración de ausencia de una persona se establece cuando una persona, como bien se indica no se encuentra y no hay manera de localizar a dicha persona, ya sea por una cuestion de la naturaleza, como han sido los terremotos y huracanes, durante estos las personas desaparecen sin que se tenga noticia de ellas y por ello es importante la declaración de ausencia para poder definir su situación jurídica.
En términos generales, el contrato es un acuerdo de voluntades, donde una o varias personas consienten en obligarse respecto de otra a dar alguna cosa o prestar un servicio. Dicho de otro modo, es un acuerdo voluntario que genera obligaciones.
Recordemos que, en épocas antiguas, los intercambios de todo tipo eran a través de la palabra y la confianza que existía entre las partes; pero esto se complicaba cuando existían controversias.
Es así como surge el contrato, para dar certeza a las partes interesadas en llegar a un acuerdo, cualquiera que este fuere. El contrato surgió, entonces, como una simple convención entre los interesados, y su definición fue modificándose con el tiempo para responder a las necesidades de las primeras sociedades.